Desde la institución empresarial consideran que la norma apoya al contribuyente al reducir sanciones, permitir la reanudación de facilidades de pago sin la imposición de multas. Ello implica que, en caso de retomar los pagos, se dejarán sin efecto los procesos de ejecución tributaria que estén en curso ante el Servicio de Impuestos y la Aduana Nacional.
Del mismo modo, CAINCO destaca la ampliación del plazo para acogerse a las figuras del “arrepentimiento eficaz” y el de la “reducción de sanciones”
“Consideramos que esta norma es un avance, toda vez que flexibiliza disposiciones del Código Tributario y de la Ley No. 843 en favor de las familias empresarias que día a día se esfuerzan para salir adelante y levantar la economía del país. Normas como esta son las que necesitamos las familias, normas que faciliten los pagos, disminuyan multas que muchas veces son desproporcionadas y que al mismo tiempo permitan al estado reactivar las recaudaciones sin asfixiar a las familias” mencionó Fernando Hurtado, presidente de CAINCO.
Finalmente, CAINCO mencionó que es fundamental que el Órgano Ejecutivo disponga de espacios de diálogo para trabajar en la reglamentación de la Ley No. 1448 en conjunto con el sector privado. Por ejemplo, una reglamentación de la Ley No. 1448 aterrizada a la realidad de las familias y de los profesionales independientes debe evitar, entre otras cosas, la doble tributación entre el RC-IVA y el IT.